Régimen de distinciones del Colegio de
Enfermería de Málaga

Se expone el borrador de distinciones de este Colegio hasta tanto se aprueben los Estatutos del mismo, y será el siguiente:

 Preámbulo

            Este régimen tiene intención de sistematizar de alguna manera todas las situaciones susceptibles de reconocimiento en lo que respecta a la incorporación de nuevos colegiados, años de permanencia en la colegiación, reconocimiento a acciones relevantes de personas (profesionales de enfermería o no) o entidades  destacadas en el apoyo, fomento y avance de la profesión enfermera

I.   Distinciones:

II.   Procedimiento.

     Puede iniciarse por la propia Junta de Gobierno o a través de propuesta recibida formalmente en este Colegio            y dirigida a la presidencia del mismo.

Para otorgar los escudos de oro y plata se creará una Comisión  que elaborará una memoria de los méritos de la/el colegiada/do o de la institución o persona que se quiere distinguir.  Dicha Comisión estará presidida por quien ostente la vicepresidencia de la entidad, formada también por el Secretario del Colegio, que levantará acta de las reuniones    Un vocal de la Junta de Gobierno  actuará de ponente de la memoria. El resto de los miembros de la comisión serán designados por la Presidencia. Dicha Comisión presentará su informe propuesta para su valoración y posterior pronunciamiento por la Junta de Gobierno, que se comunicará a la persona, institución o entidad distinguida.

III.   Distinciones  sin procedimiento previo:

       Habrá distinciones que serán otorgadas sin este requisito, en los casos siguientes: